lunes, 25 de junio de 2007

MONOTRIBUTISTA O RESPONSABLE INSCRIPTO

Ésta es la primera duda que surge cuando se está por desarrollar un nuevo emprendimiento, ya sea una sociedad o un desarrollo unipersonal.
Para aclarar esta pregunta, primero se debe saber a qué nos enfrentamos con cada modo de inscripción.

El Régimen Simplificado (o Monotributo), es un sistema de recaudación desarrollado por la Administración para pequeños contribuyentes, que consiste en un pago fijo mensual dividido por categorías, que van desde los $92,44 a los $564.44 mensuales, dependiendo de la actividad desarrollada por el contribuyente (actividades de servicios o comerciales-industriales). Las categorías se rigen por diversas variables, como la cantidad de metros cuadrados (m2) ocupados en la atención al público, los ingresos mensuales y los kilowats (kw) de energía eléctrica absorbidos. Si se supera alguno de los límites establecidos, se debe cambiar la categoría. De la misma forma, si dichas variables disminuyen, debemos encuadrarnos en una categoría inferior.
Este sistema de pago incluye tres partes: una impositiva, en la que pagamos el Impuesto a las Ganancias y el IVA, otra de Seguridad Social, donde realizamos el Aporte Jubilatorio, y la tercera, que es una porción de la cuota destinada al sistema de Obras Sociales.

Cuales son las ventajas del Monotributo?
- Se paga una cuota mensual, independientemente de los ingresos que se obtengan, siempre y cuando no superemos el límite anual de $144000.
- Se tiene acceso a una Obra Social.
- Se realiza el aporte al Sistema de Seguridad Social.
- Se puede tener hasta tres puntos de ventas.
- No se necesita la presentación de Declaraciones Juradas Mensuales o Anuales ante la AFIP.

Cuales son las desventajas del Monotributo?
- No se puede tomar el crédito de impuesto, cuando compramos mercaderías o materias primas.
- Las sociedades regulares no tienen acceso a este régimen (solo pueden optar por él, las sociedades de hecho).
- Es más dificultoso el acceso al crédito, mediante entidades bancarias.
- Se está limitado a tres puntos de ventas.

El Régimen General (o Responsable Inscripto(, en cambio, es aquel que obliga a inscribirse en los diversos impuestos a los caules se está obligado a tributar. Lo mas común, es el Impuesto a las Ganancias y el I.V.A.; es decir, que se debe realizar la inscripción ante la AFIP por cada impuesto, y además inscribirse como trabajadores autónomos, para realizar los aportes a la Seguridad Social. Por lo tanto, cada vez que estemos obligados a tributar un nuevo impuesto, debemos hacer la inscripción correspondiente. Esto no quiere decir que se tenga que pagar más que en el Régimen Simplificado, debido a que el Débito Fiscal generado por el I.V.A.(Ventas * 21%), se puede compensar con el Crédito que nos cobran al comprar (Compras * 21%), y el Impuesto a las Ganancias no siempre arroja saldo a pagar.

Cuáles son las ventajas del Régimen General (Responsable Inscripto):
- Se puede tomar el Crédito Fiscal del I.V.A., cuando se compran mercaderías o Materias Primas.
- No tiene límites de sucursales, ni espacio físico, ni energía consumida.
- Es mas sencillo poder acceder a líneas de crédito para PYMES.
- Todas las Sociedades y los responsables unipersonales tienen acceso a este régimen.

Cuáles son las desventajas del Régimen General (Responsable Inscripto):
- En forma mensual, debemos declarar y abonar, de corresponder, el I.V.A.
- Anualmente se debe calcular el Impuesto a las Ganancias.
- Se recibe un mayor control por parte de la Administración Pública.

CONCLUSIONES

Depende mucho de la actividad de la empresa o del comercio, para tomar una desición acerca de esta opción. Si tenemos gran volumen de compras y ventas, nos conviene estar dentro del Régimen General. El Contador, se encargará de utilizar la ley, de la forma correcta y más beneficiosa para el contribuyente, y así tributar lo menos posible, o en algunos casos, lograr un quebranto impositivo, que llevaría a ser nula la tributación. Pero si el volumen de compras y ventas está dentro de los límites del Monotributo, se aconsejará siempre optar por este régimen, para que resulte menos costoso para el contribuyente.
Siempre que se está frente a un pequeño emprendimiento, se aconseja iniciarse como Monotributista, e ir observando mensualmente la evolución de la empresa y si conviene la inscripción en el Régimen General. Es una desición personal, pero requiere asesoramiento...

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Martin

los felicito por el emprendimiento, siempre denle para adelante. un abrazo

Eduardo

Anónimo dijo...

los felicito a los 2 me pone en verdad muy contento ah feliz cumple DR. mitjavila
jorge acosta